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CATEGORIAS Y PENALIDADES POR PORTE DE DROGAS
  • MARIHUANA:
    CATEGORIA UNO: Simple posesión. Esto es la posesión de 20 gramos o menos.
    CATEGORIA DOS: Distribuidor, vendedor. Esto es la posesión de más de 20 gramos y menos de una libra.
    CATEGORIA TRES: Traficante. Esto es la posesión de una libra o más.
  • HACHIS:
    CATEGORIA UNO: Simple posesión. Esto es la posesión de menos de 5 gramos.
    CATEGORIA DOS: Distribuidor, vendedor. Esto es la posesión de más de 5 gramos y menos de ¼ de libra.
    CATEGORIA TRES: Traficante. Esto es la posesión de ¼ de libra o más.
  • COCAINA:
    CATEGORIA UNO: Simple posesión. Esto es la posesión de menos de 1 gramo.
    CATEGORIA DOS: Distribuidor, vendedor. Esto es la posesión de más de 1 gramo y menos de 5 gramos.
    CATEGORIA TRES: Traficante. Esto es la posesión de 5 gramos o más.
  • EXTASIS:
    CATEGORIA UNO: Simple posesión. Esto es la posesión de menos de 1 gramo.
    CATEGORIA DOS: Distribuidor, vendedor. Esto es la posesión de más de 1 gramo y menos de 5 gramos.
    CATEGORIA TRES: Traficante. Esto es la posesión de 5 gramos o más.
    (Aunque la ley no incluye el Éxtasis, las autoridades Dominicanas le han dado el mismo trato que la Cocaína.)
    Cuando se trata de LSD o cualquier otra sustancia alucinógena, al igual que el opio y sus derivados, en cualquier cantidad, la persona o personas procesadas se clasificarán como TRAFICANTES.
    CATEGORIA CUATRO: Suplidores, patrocinadores o financiadores. Entra en esta categoría la persona que financia operaciones de tráfico ilegal, dirige intelectualmente dichas operaciones, y provee equipo de transporte o dispone de cualquier método que facilite la operación ilegal.

PENAS
  • CATEGORIA UNO: Simple posesión.
    Mínimo: 6 meses en prisión y 1 500 RD$ de multa.
    Máximo: 2 años en prisión y 2 500 RD$ de multa.
  • CATEGORIA DOS: Distribuidor, vendedor.
    Mínimo: 3 años en prisión y 10 000 RD$ de multa.
    Máximo: 10 años en prisión y 50 000 RD$ de multa.
  • CATEGORIA TRES: Traficante.
    Mínimo: 5 años en prisión y más de 50 000 RD$ de multa.
    Máximo: 20 años en prisión y más de 50 000 RD$ de multa.
    Una multa de un valor no menor del valor de la droga confiscada o envuelta en la operación, pero en ningún caso menor a 50 000 RD$ .
  • CATEGORIA CUATRO: Suplidores, patrocinadores, financiadores.
    Cuando está envuelta esta clasificación, la persona o personas involucradas pueden ser sancionadas con prisión de treinta (30) años y una multa no menor al valor de la droga confiscada o envuelta en la operación, pero en ningún caso menor a 1 000 000 RD$

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